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martes, 16 de febrero de 2010

Declaran días no laborables compensables para los trabajadores del Sector Público , durante el año 2010

El día de hoy martes 16 de febrero de 2010 se ha publicado en El Peruano el Decreto Supremo N°026-2010-PCM que "Declara días no laborables compensables para los trabajadores del Sector Público , durante el año 2010".

La norma comentada declara días no laborables, a nivel nacional, durante el año 2010, los días:

- Lunes 28 de junio
- Viernes 30 de julio
- Viernes 24 y viernes 31 de diciembre.

Para fines tributarios éstos días serán considerados hábiles.

Las horas dejadas de trabajar en los días no laborables, serán compensadas en la semana posterior o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad.

La norma dispone que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto por la norma, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, estableciendo la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de trabajar, a falta de acuerdo decidirá el empleador.

viernes, 4 de septiembre de 2009

En febrero de 2010 habría vacaciones en el Sector Público.

El Proyecto de Ley de Presupuesto para el año 2010 establece que el período de goce vacacional o descanso físico de por lo menos el setenta y cinco por ciento del personal a cargo de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, será durante el período del 1 al 28 de febrero del próximo año.

El objetivo de esta medida es fomentar el turismo interno y, al mismo tiempo, realizar las acciones de mantenimiento de los equipos e infraestructura de las dependencias públicas.

Sin embargo, en dicho periodo, los titulares de las entidades públicas deben procurar la continuidad de los servicios públicos básicos regulares y las labores indispensables de la entidad. Es por ello que esta disposición no es de alcance a las labores del servicio policial, de inteligencia, la recaudación tributaria y la emergencia hospitalaria.

En concordancia con los objetivos fijados, la bonificación por escolaridad que se otorga en el Sector Público, a diferencia de otros años, sería incluida en la planilla de pagos correspondiente al mes de enero.

Finalmente, se encarga al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo dictar las medidas correspondientes a efectos de fomentar e impulsar la actividad turística al interior del país, durante el citado período vacacional.