Importante tener en cuenta.
Es el nuevo procedimiento para intervención vehicular por parte de la PNP y la imposición de papeletas de transito.
A partir de la fecha, dicha intervención sólo podrá realizarse de manera motivada en tres supuestos específicos(ya no habrán procedimientos “de rutina”):
- En caso de infracción de transito flagrante
- En caso de operativos coordinados con autoridades administrativas (revisión de SOAT, Revisiones Técnicas, gases, etc.)
- En caso de operativos coordinados con Dirección de Transito o Emergencias (alcoholemia, secuestros, etc.)
En los casos 2 y 3, el efectivo PNP esta OBLIGADO a indicar el documento que autoriza el operativo o la autoridad que lo ordena, bajo responsabilidad.
En caso no hacerlo, o ejercer los operativos sin orden que los sustente (“mera rutina”) incurrirá en infracción por no haber seguido el procedimiento establecido, la cual es sancionada con 2 a 6 días de arresto de acuerdo a la Ley de Régimen Disciplinario de la PN (Infracción G.42).
3 comentarios:
queda en nada ya que la misma policia saca a sus coimeros de uniforme para que le hagan la caja al comisario
la vieron cual es la politica de aprobacion y de QUIEN? BAJO QUE CRITERIO?
en la fecha 21/11/09 ha ocurrido un accidente de transito en la comisaria de san martin de porras a las 6 pm un chofer en completo estado de ebriedad causando accidente contra una combi de pasajeros y no paso nada, nisiquiera detencion
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