Producto de la crisis financiera y sus efectos en el país, algunas empresas han suspendido o limitado sus operaciones, lo que ha motivado el despido de trabajadores o la no renovación de contratos.
Como consecuencia del despido muchos trabajadores vienen perdiendo su derecho a cobertura de salud al vencerse el periodo de latencia que contempla la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Frente a esta situación, es necesario que el Estado dicte medidas extraordinarias y temporales que alivien la situación de los desempleados y sus familias, por lo que se ha propuesto establecer un régimen especial temporal que permita a dichos desempleados no perder su cobertura de salud por un periodo prudencial de tiempo.
En este sentido, se crear un nuevo régimen temporal de cobertura de salud, en virtud del cual los trabajadores desempleados que hayan aportado al sistema por un periodo de entre 5 y 14 meses, a partir del 01 de diciembre de 2008 y hasta el 31 de diciembre de 2010, podrán tener una cobertura de salud en periodo de latencia de hasta 6 meses.
Este Régimen Especial Temporal de cobertura de salud estaría focalizado en aquellos trabajadores despedidos con poco tiempo de servicios y por tanto con una Compensación por Tiempo de Servicios menor a la del resto de desempleados.
Los trabajadores despedidos cuya cobertura de salud hubiera vencido a la fecha en que se expida la Ley, sólo deberán acreditar su situación presentando su ultima boleta de pago ante ESSALUD. Si ESSALUD no se pronuncia dentro del plazo de 15 días, se aplicará el silencio administrativo positivo.
Sin lugar a dudas, constituye un acto de justicia con trabajadores desempleados a partir de medidas radicales adoptadas por empleadores afectados por la crisis financiera internacional.
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