En el Perú se explota el oro mucho antes que algún ingenioso diera a conocer la tabla periódica – ocasionando dolores de cabeza a millones de escolares - y ello nos ha convertido en un país minero por excelencia. Hace ya más de dos décadas mi profesor de derecho minero refutaba a aquellos que consideraran que el Perú era un país agrícola. “Como vamos a ser agrícolas si estamos llenos de montañas, colinas y desiertos”, señalaba. “Somos un país minero y debemos explotar esa riqueza, así que no me vengan con el cuento de que el canario cambia de color o a los arboles le salen piernas debido a la minería”, concluía irónicamente.
Y es que efectivamente somos un país minero y ello lo demuestra el hecho de que ocupemos el primer lugar en el ranking mundial de producción de plata; el quinto en producción de oro, el tercero en cobre y así sucesivamente.
El que hayamos optado por una política de apertura y expansión de mercados, otorgado seguridad jurídica a los inversionistas y apostado por el libre comercio del oro y otros minerales, sin distingo entre nacionales y extranjeros, ha generado un escenario propicio para el crecimiento del país; y nos ha colocado como el noveno mejor destino del capital minero a nivel mundial de acuerdo a la consultora Behre Dolbear.
Es por ello que el Estado debe ser muy cuidadoso al accionar y expedir sus normas a fin de evitar generar distorsiones o empañar la buena visión que se tiene de nuestro país. Por ejemplo, el buscar acabar con la minería ilegal criminalizando dicha actividad y extendiendo la responsabilidad penal a toda la cadena de comercialización, solo puede llevar a generar una imagen “anti minería de oro”, asunto del cual ya se ocupa bastante bien un grupo de ONGs y Frentes de Defensa.
Definitivamente existe la minería ilegal y hay que acabar con ella, pero en ese accionar el Estado no debe generar una corriente “anti” o desatar una cacería de brujas indiscriminada, presumiendo indebidamente que todo el que explota, comercializa o exporta oro, aun cuando sea formal, es un criminal, “a menos que demuestre lo contrario”. Debe tenerse en cuenta que un principio elemental del acto de comercio es la presunción de la buena fe. Si se ha cometido un exceso al legislar o actuar, aun estamos a tiempo de corregir.
1 comentario:
opina-hell.blogspot.com.es,entra y clica yo hare lo mismo
Publicar un comentario