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sábado, 23 de diciembre de 2006

ENTRE TRAGAMONEDAS Y CASINOS

En los últimos días hemos visto como se ha desatado un entredicho entre dos Meches. Se trata de Mercedes Araoz, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, y Mercedes Cabanillas, Presidenta del Congreso de la República. El tema, la aplicación de impuestos a los tragamonedas y casinos de juego.

Resulta que en desde el año 1999 los casinos y tragamonedas pagaban un impuesto del 20% aplicado sobre los ingresos que le generaba tan suculento negocio, sin embargo los propietarios de estos locales interpusieron acciones ante el Tribunal Constitucional, y éste declaro que dicho impuesto era confiscatorio, no sólo por cuanto se les aplicaba una tasa muy alta, sino porque no se les permitía deducir – descontar – los gastos para luego aplicar el impuesto.

Ante este pronunciamiento del Tribunal Constitucional, el Congreso de la República en el año 2002 modificó el impuesto a loas casinos y tragamonedas, estableciendo que la tasa a aplicare sería de 12% y les estaba permitido deducir de sus ingresos hasta el 2% por concepto de mantenimiento de las maquinas.

Los propietarios de dichos casinos volvieron a quejarse ante el Tribunal Constitucional y en esta oportunidad el pronunciamiento no salio a favor de ellos. Muy por el contrario, el Tribunal Constitucional señaló que el Congreso había cumplido con lo señalado por éste y por tanto el nuevo impuesto de 12% ya no era inconstitucional.

Todo estaba mas o menos bien, hasta que en julio de este año, faltando pocos días para que culminaran las funciones de los congresistas de la gestión anterior, el Congreso aprobó una nueva ley. A través de esta inesperada nueva ley, se suprimía el impuesto a los casinos y tragamonedas (12% sobre los ingresos brutos), y en su reemplazo se aplicaba una sobretasa de 12% al impuesto a la renta.

En este punto es necesario precisar que todos los negocios y trabajadores hasta cierto nivel de ingresos anuales, pagan el impuesto a la renta, que en el caso de empresas es del 30% aplicado a los ingresos obtenidos durante el año, descontando algunos gastos.

Por ejemplo, si mis ingresos al año han sido de 10,000 soles y mis gastos han sido de 6,000 soles, pago mi impuesto a la renta del 30% por los seis mil soles y no sobre todos mis ingresos.

Como podrá apreciarse, para los negocios de casinos y tragamonedas les es mucho mas conveniente pagar una sobretasa por el impuesto a la renta – donde pueden deducir todos sus gastos e inclusive hacer aparecer como que no han tenido utilidades - que pagar un impuesto como el de casinos y juegos del 12% que se aplica sobre los ingresos totales, pudiendo deducir solo el 2%.

Pero regresando al tema, luego de que el Congreso aprobara la ley sorpresa en el mes de julio, ésta no fue promulgada por Toledo, quedando pendiente hasta julio en que el electo presidente de la República, Alan García Pérez, al parecer mal asesorado, publicó la ley suprimiendo el impuesto a los casinos y tragamonedas, con lo cual a partir de enero los propietarios de estos negocios se verían favorecidos al pagar solo un beneficioso impuesto a la renta.

Esta semana el Congreso ha corregido el entuerto y derogando la ley pro casinos y esperamos que en el breve plazo el Presidente de la República la promulgue y con ello el tan lucrativo negocio de los casinos y tragamonedas continúe pagando el impuesto que les corresponde.

Esta es una parte de la historia, pues hay otro tema que tiene que ver con el actuar indebido de algunos jueces que pese a la constitucionalidad el impuesto, siguen amparando a los propietarios de los casinos y tragamonedas, respecto a lo cual en otra oportunidad les contaré.





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