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viernes, 21 de septiembre de 2007

70 MIL MILLONES DE NUEVOS SOLES....


EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL AÑO 2008
La administración económica y financiera del Estado se rige por el presupuesto que anualmente aprueba el Congreso, el mismo que está subdividido en dos secciones: Gobierno Central e Instancias descentralizadas.

A través del Presupuesto se asigna equitativamente los recursos públicos que se prevé se lograrán captar durante el año siguiente, asignación que responde a los criterios de eficiencia de necesidades sociales básicas y de descentralización.

El proyecto de Ley de Presupuesto para el 2008 se fija como objetivos, limitar el crecimiento real del gasto de consumo en el Gobierno Central a 4%, aumentar la participación del gasto de inversión y elevar la presión tributaria a niveles de suficiencia fiscal.

Para ello, el Poder Ejecutivo ha previsto para el año 2008 un crecimiento real del PBI de 6,2%, tipo de cambio promedio anual de S/.3,16, variación acumulada del IPC de 2,0%, exportaciones FOB de US$ 29,470 millones, importaciones FOB de US$ 21,106 millones y un resultado económico del Sector Público No Financiero con CRPAOs 0,3% del PBI.

En el marco de estos supuestos macroeconómicos, el proyecto establece que los ingresos para el año 2008 serán del orden de los S/. 71,049´786,749; es decir, cerca de S/. 9.5 millones por encima de los ingresos previstos en el Presupuesto de Apertura del presente año, que ascendió a S/. 61,626´985,652

En lo que corresponde a la asignación de gastos, se asigna al Gobierno Central S/. 48,602´511,720, a los Gobiernos Regionales S/. 11,565´718,328 y a las Municipalidades S/. 10,881´556,746. Es decir, cerca del 70% de los ingresos previstos para el año 2008 serán absorbidos por el Gobierno Central, lo que nos lleva a una primera conclusión: aún no se ha avanzado mucho en el tema de descentralización fiscal.

Esta situación es aun mas preocupante si observamos que en lo que se refiere al Gobierno Central, los gastos corrientes para el 2008 se elevarían en cerca de S/. 2,800 millones respecto de lo previsto en el Presupuesto del año 2007; fenómeno que no se presenta en el caso de los gobiernos regionales y municipalidades.

Se estima en S/.17,483 millones los recursos totales del Presupuesto 2008 destinados a atender el pago de planillas, cargas sociales, CTS, gratificaciones, escolaridad, entre otros. De este gasto, S/. 9,616 millones corresponden al Gobierno Nacional, S/. 6,450 millones a los Gobiernos Regionales y S/. 1,417 millones a los Gobiernos Locales.

La explicación de esta brusca alza estaría en la autorización para la contratación o nombramiento de más de 20,000 servidores públicos, entre los que se contempla la contratación de 5,719 docentes a través de los Gobiernos Regionales. Lo curioso en este caso es que 1,168 docentes a contratar corresponden al Gobierno Regional de La Libertad, mientras que los departamentos de Ayacucho, Huancavelica, Junín, Pasco, Tumbes y Ucayali en conjunto sólo podrán contratar 968 docentes.

En lo que corresponde a salud, se autoriza la contratación de 1,141 profesionales de la salud no médicos cirujanos para el Ministerio de Salud y 1,724 profesionales de la salud no médicos cirujanos a ser contratados por los Gobiernos Regionales.

Para efectos de la lucha contra la delincuencia e implementación del Nuevo Código Procesal Penal, se prevé la contratación de 7,239 efectivos policiales, 1,314 corresponde a personal militar, 2,107 servidores para el Ministerio Público y 1,288 servidores para el Poder Judicial.

Entre los aspectos novedosos del Proyecto de Ley de Presupuesto 2008, encontramos que se implementa el Presupuesto por Resultados de manera progresiva, luego de largos años de espera. Este es quizás el tema más importante, pues no podemos seguir asignando recursos a las instituciones públicas sin exigir resultados. El presupuesto por resultados se iniciará en programas estratégicos, cuya evaluación podrá encargarse a universidades y organismos del sector público y privado.

La Constitución establece que corresponden a las respectivas circunscripciones, recibir una participación adecuada del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de los recursos naturales en cada zona en calidad de canon. En este sentido, el monto por concepto de canon y sobre canon, regalías, rentas de aduana y participaciones para el 2008 asciende a S/. 5,535 millones.

De dicho monto, S/. 61 millones corresponden a entidades del Gobierno Central, S/. 1,547 millones a los Gobiernos Regionales y S/. 3,926 millones a los Gobiernos Locales; cuyo destino es financiar principalmente la ejecución de proyectos de inversión. La novedad está en que las entidades que no reciban canon, sobrecanon y regalías o que en conjunto no superen S/. 1 millón, estarán facultadas a utilizar hasta el 5% de su gasto en inversiones para financiar perfiles de proyectos

Por otro lado, la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal establece que constituyen recursos del Fondo de Estabilización Fiscal (FEF), entre otros, el saldo presupuestal de libre disponibilidad del Tesoro Público obtenido al final de cada año fiscal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, de ser éste positivo.

Para este efecto, se entiende por saldo presupuestal a la diferencia entre los ingresos registrados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y los gastos totales devengados por la referida fuente, incluyendo los relativos a las obligaciones requeridas para la atención del servicio de la deuda pública.

Sin embargo, en el Proyecto de Ley de Presupuesto se adiciona al gasto que sirve de base de cálculo, los recursos consignados a proyectos de inversión que no se hubieran comprometido o devengado al 31.12.07. Al incrementarse el gasto, el saldo a ser derivado al FEF el año 2008 disminuye considerablemente, por lo que se desnaturaliza la finalidad del fondo que es reservar parte de los saldo presupuestales de cada año para eventuales contingencias futuras.

Al incorporar normas de este tipo se rompe la finalidad del FEF que conforme lo señala la Ley, es “…contribuir a la estabilidad económica, condición esencial para alcanzar el crecimiento económico sostenible y el bienestar social”.

En el aspecto laboral público, se suspenden todos los sistemas de homologación de remuneraciones o de indexación, lo que sin lugar a dudas generará serios enfrentamientos al Gobierno, pues entre otros se encuentran sujetos a homologación los magistrados del Poder Judicial, docentes universitarios, etc. Debe tenerse en cuenta que conforme a lo establecido por el Tribunal Constitucional, devendría en inconstitucional la reducción de las remuneraciones de forma unilateral; por lo que es probable que se presenten acciones de inconstitucionalidad y eventualmente se produzcan paros y movilizaciones.

Se autoriza a las entidades públicas a realizar rotaciones, encargaturas, turnos y cualquier otra forma de desplazamiento de personal de acuerdo a sus necesidades; incluyéndose en estas disposiciones a los servidores públicos contratados para labores de naturaleza permanente que hayan superado el periodo fijado en el D.Leg.276. Sin soslayar el hecho de que es necesario que exista un mayor margen de maniobra en el tema de recursos humanos en el Sector Público, este medida si es aplicada unilateralmente por las instituciones públicas también podría generar problemas de orden laboral.

Finalmente, se establece un bono de productividad a los servidores del Sector Público, denominado Bono por Crecimiento Económico, el mismo que se otorgará durante el 2008 si es que la economía crece por encima del 7%, simulando al bono de productividad que se aplica en el sector privado.

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