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domingo, 28 de octubre de 2007

LOBOS DISFRAZADOS DE OVEJA

El 24 de diciembre del año pasado el Poder Ejecutivo, haciendo uso de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso, publicó el primer grupo de Decretos Legislativos conteniendo un conjunto de medidas tributarias.

Los cambios más importantes introducidos en el RUS y en el RER son:

  • Aumento del nivel de ventas o ingresos para ser considerado pequeña empresa
  • Disminución de las tasas del RER de 3.5% a 2.5%, en el caso de servicios, y de 2.5% a 1.5% en el caso de bienes.
  • Eliminación, en la Ley, de los requisitos que permitían establecer si un contribuyente podía o no acogerse al RUS. Estos requisitos eran:

  1. No tener mas de 5 trabajadores
  2. No realizar actividades en más de una unidad de explotación (local comercial o de servicios, sede productiva, depósito o almacén, oficina administrativa).
  3. No desarrollar actividades en una unidad de explotación cuya área exceda de 100 metros cuadrados
  4. Que el precio unitario de venta de los bienes, en la realización de las actividades de comercio y/o industria, no supere los S/. 500.00
  5. Que su consumo total de energía eléctrica afectada a la actividad en el cuatrimestre calendario no exceda de 4,000 kilovatios-hora
  6. Que su consumo total de servicio telefónico afectado a la actividad en el cuatrimestre calendario no supere los S/. 4,000.00.

Si bien ya se había anunciado una flexibilización de los requisitos para acogerse al RUS y RER, para permitir que nuevos contribuyentes se acogieran a estos regímenes simplificados, no se esperaba que se eliminaran todos los requisitos.

Con las modificaciones cualquier contribuyente que informe que tiene ingresos y activos menores a los que establece la norma podrá acogerse, mientras que la posibilidad de la SUNAT de fiscalizar eficazmente a los 500,000 contribuyentes que actualmente ya están acogidos más las decenas de miles que se acogerán, se reducirá considerablemente.

Los requisitos eliminados estaban referidos a parámetros verificables como el número de empleados, el tamaño del establecimiento, los niveles de consumo de servicios públicos.

Ciertamente podían ser muchos parámetros pero era necesario dejar dos o tres y no eliminar todos. Los cambios incentivarán el fraccionamiento o atomización de las empresas formales y la subvaluación de ingresos.

Esto es más grave si lo que se observa es que en los últimos años la base tributaria crece solo en lo que se refiere a las personas naturales (con y sin negocio), mientras que el número de sociedades disminuye en términos relativos y absolutos, algo ilógico en una economía en crecimiento.

Así, a fines de 1997 las sociedades representaban el 11.3% del total de contribuyentes inscritos, en tanto que a finales de este año representan apenas el 5.2%; la reducción no solo es en términos relativos sino también en términos absolutos, pasando de 212,800 a 181,200 sociedades en el mismo lapso de tiempo.

Una hipótesis es que estas tendencias observadas en la evolución del número de sociedades, es que responden a los beneficios del RUS y RER para personas naturales, por lo que es de suponer que muchas sociedades se hayan acomodado a la situación con la finalidad de obtener algunas ventajas.

Cuidado con los lobos disfrazados de oveja.

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